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Portabilidad de números telefónicos, geográficos y no geográficos

Una vez más la COFETEL nos participa a los mexicanos los cambios que están por venir. Esta vez hablamos de la “portabilidad de números geográficos y no geográficos”. Antes de hablar de sus ventajas expliquemos algunas cosas.


"...La portabilidad numérica se refiere a la posibilidad de los suscriptores de conservar su número telefónico independientemente del concesionario de red pública de telecomunicaciones que le presta el servicio telefónico. La portabilidad numérica facilitará la decisión del suscriptor respecto al concesionario que desee le preste el servicio. Con la introducción de la portabilidad, la decisión del suscriptor se orientará a la evaluación de condiciones de calidad y precio, sin el riesgo de que al cambiarse de prestador de servicios, pierda su número telefónico..."


Pues bien, la idea es que si por ejemplo tuviese un número telefónico contratado con Telmex que fuera 55-59-11-06-66, y después me cambiara de operador telefónico, por ejemplo Axtel, podré conservar el número 55-59-11-06-66.


Esto implica a simple vista algunas ventajas como son:

  • Beneficios de los suscriptores que portan su número.- Los suscriptores se beneficiarían al ahorrarse los costos en que incurrirían al informar de su nuevo número telefónico o costos de directorio. Los costos de directorio pueden ser muy diferentes dependiendo del tipo de usuarios y del tipo de servicio del que se trate. Los usuarios comerciales tendrían que informar a sus usuarios del cambio en el número a través de una variedad de formas, como es el contactarlos directamente, a través de publicidad o imprimiendo nuevas tarjetas, pintar sus vehículos con el nuevo número, entre otros. Aún cuando el usuario cubra los costos antes mencionados corre el riesgo de perder un número considerable de usuarios que no hayan sido informados oportunamente del cambio en el número telefónico.
  • Por otro lado, bajo un esquema de portabilidad, los usuarios que realicen comunicaciones a un suscriptor que ha cambiado de proveedor de servicios eliminarán los costos que implicaría investigar el nuevo número telefónico.
  • Beneficios a los usuarios de servicios de telecomunicaciones en general.- Al existir portabilidad los usuarios eliminarían en su decisión de contratación de servicios de telecomunicaciones elementos distintos a calidad y precio. Al enfocar la decisión del usuario en las condiciones tarifarias y de calidad para contratar su servicio telefónico, se ejerce una presión competitiva para que los concesionarios mejoren su oferta de servicio a los usuarios en general.
  • Beneficio a los prestadores de servicios de telecomunicaciones.- Sin portabilidad, el mercado potencial de un nuevo entrante podría estar limitado a aquellos usuarios que van a contratar por primera vez el número telefónico o a quienes enfrentan costos de directorio muy bajos casi nulos. Con la introducción de la portabilidad se elimina una ventaja competitiva artificial derivada del costo implícito de los usuarios al cambiar su número telefónico. En este sentido, los nuevos concesionarios enfrentarán condiciones de competencia más equitativas y podrían acceder inclusive a aquellos usuarios que ya cuentan con servicio telefónico.


Es oportuno decir que esta portabilidad sólo operará de este modo:

La portabilidad numérica debe limitarse a darse entre los suscriptores de los proveedores del mismo servicio y dentro de la misma área de servicio local (“ASL”).

En lo que toca a la portabilidad del servicio local móvil al servicio local móvil dentro de una misma ASL la portabilidad sólo aplicará dentro de la misma modalidad contratada por el suscriptor con el proveedor que trasfiere el número (en lo sucesivo, “Proveedor Donador”). Es decir, la portabilidad será posible cuando un suscriptor que haya optado por la modalidad “El que llama paga” desee cambiarse de proveedor dentro de la misma modalidad “El que llama paga”. De la misma manera la portabilidad será posible cuando un suscriptor que haya optado por la modalidad “El que recibe paga” desee cambiarse de proveedor dentro de la misma modalidad “El que recibe paga”. Es decir la portabilidad numérica se deberá aplicar:


- Del servicio local fijo al servicio local fijo.

- Del servicio local móvil al servicio local móvil dentro de la misma modalidad de contratación con el Proveedor Donador.

- De un servicio no geográfico al mismo servicio no geográfico.


La COFETEL actualmente nos está permitiendo opinar al respecto, no dejes pasar esta oportunidad de participar en estos cambios, puedes ver lo que han dicho los principales operadores de telecomunicaciones en México al respecto:

Resolución por la que el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, establece las Reglas para Implantar la Portabilidad de Números Geográficos y No Geográficos.

O envía tus comentarios a: cofeteldigital@cft.gob.mx

Recuerda que de de poco sirve quejarnos después, cuando se tuvo la oportunidad antes de expresarnos a favor o en contra.

Si deseas conocer más detalles de esta propuesta puedes consultar el texto del que tomé la información para este artículo:

Portabilidad numérica.

Saludos.

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1 Comentarios

  1. Felicidades por su página. Me parece más lograda que la anterior (aquella que incluía animaciones en flash de Garañón y Paramecio). Interesantes los temas sobre la portabilidad numérica y el cambio a diez dígitos.

    Le envío un abrazo.

    SSS (Siempre Su Sensei):

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